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¿Quiere comprar una parcela? Pregunte si puede cortar los árboles para construir

El único criterio para cuidar el bosque es no intervenirlo, explica un especialista en sustentabilidad. Y Conaf ofrece información de manejo de bosques a todo quien lo requiera.

Cada vez son más las personas que cotizan parcelas en algún sitio rural del país. Pero no es llegar y comprar. Más allá de fijarse en el precio, su nivel de urbanización, el entorno y si el terreno es adecuado para levantar una casa, hay que saber que no se puede llegar y cortar un árbol para construir. Hay muchas especies protegidas por la normativa forestal y quien la infrinja, recibirá cuantiosas multas. “Muchos de estos casos son por desconocimiento, no por mala intención. Compran porque encuentran un terreno bonito, que tiene lindo paisaje, buenos bosques. Pero cuando quieren intervenir haciendo una casa, un camino o poniendo una bodega, se generan los problemas”, señala Bernardo Martínez, ingeniero forestal y jefe nacional del Departamento de Fiscalización Forestal de Conaf. Por lo mismo, insta a la personas que se informen y soliciten los permisos necesarios que otorga el organismo. “Puede presentar un plan de manejo forestal de bosque nativo, un plan de manejo para pequeñas superficies o una solicitud de autorización simple de corta. Son presentados a la Conaf para su revisión y aprobación, si corresponde”, añade. El ingeniero forestal y magíster en Medio Ambiente Rodrigo Azolas, gerente de la firma de asesorías Econativa Consultores, menciona que en el caso de la corta de bosque nativo se exige presentar un plan de manejo ante Conaf. “Eso podría implicar la obligación a reforestar en un sitio distinto al de la corta, en el caso de la necesidad de construir una casa en el sitio, por ejemplo, lo que para una persona natural que compra una parcela es bastante complejo. Y si hay especies protegidas al interior del bosque, su corta está prohibida en el caso de necesidades de despeje para construcción en la parcela”, precisa. Las especies protegidas, explica Azolas, son aquellas llamadas monumento naturales, como como araucaria, alerce, belloto del norte, belloto del sur, pitao y el queule (ver tabla ). “La excepción podría ser el Estado, por obras públicas; el Ejército, por temas de seguridad nacional, y Conaf. Son especies protegidas como individuos”, subraya. El especialista indica que hay distintas disposiciones legales que se deben tener presente en todo este ámbito. Están las obligaciones de la Ley de Bosques Nativo, la Ley de Fomento Forestal, también hay obligaciones de la Ley de Bosques.

“Uno, como propietario, quiere construir su casa y al cortar algo no sabe que está cometiendo una infracción. Por ejemplo, el ruil es muy difícil de identificar; de hecho, requiere un especialista que lo detecte”, señala. La sanción en esos casos, según lo determinado en la Ley de Bosque Nativo, es desde 5 hasta 50 UTM por individuo cortado (entre $272.210 y $2.722.100). Por eso, aconseja pedir siempre información al vendedor respecto a la propiedad transada. “Los compradores deben pedir que les transparenten la información. También que el vendedor se haga responsable legalmente en el contrato al respecto”, enfatiza Azolas.

Hay una lista de especies protegidas y las multas por talarlas pueden ser de hasta $2.700.000


Los cuidados

Una parcela con estas especies no requiere mayores cuidados. “El único criterio es no cortar el bosque. El cuidado del bosque es no intervenirlo, ya que son formaciones naturales con dinámicas ecológicas propias. El árbol domina, habiendo una serie de otros organismos que también viven y se relacionan en ese ecosistema. Poner cercos a una escala pequeña puede ser un problema. Algunas especies vegetales logran diseminar y germinar sus semillas cuando algunas especies de fauna se alimentan de ellas. Con los cercos, podría no producirse ese proceso”, advierte. Jaime Arriagada, académico de la Escuela de Ingeniería de la Universidad Central, asegura que no hay parámetros para la construcción de viviendas en zonas rurales. “Algunas inmobiliarias (que venden parcelas) pueden establecer condiciones para que las construcciones tengan una homogeneidad, pero las municipalidades no tienen incumbencia sobre el material que vas a construir. Lo único es que cumpla con las condiciones básicas de cualquier proyecto”, afirma. La Corporación Nacional Forestal (Conaf) y el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) –entidad que autoriza la subdivisión predial- firmaron un acuerdo de intercambio de información para una mayor coordinación en esta materia. “La idea es que todo lo que certifique el SAG respecto a la subdivisión de los predios rústicos nos permita tener información fidedigna de cuáles son los lugares donde se están haciendo las parcelaciones. Con eso podemos llegar a los eventuales compradores, inmobiliarias, para complementar con información”, cuenta Martínez.




Fuente: https://www.lun.com/

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